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REGISTRO DE LAS COOPERATIVAS ANTE INGECOP
Para registrar una cooperativa nueva ante esta institución deberá presentar los siguientes documentos:
ORIGINALES
Certificación de inscripción de la cooperativa ante INACOP Certificación de inscripción de órganos directivos ante INACOP
COPIAS
Estatutos registrados ante el INACOP Acta de constitución Constancia de inscripción ante la SAT
AUTORIZACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTOS
Articulo 27 incisos b,c, d. Ley general de cooperativas Para poder solicitar la autorización de registros y documentos a esta institución deberán hacerlo por escrito al jefe de la sección de registros y documentos, debidamente firmado por el representante legal.
AUTORIZACIÓN DE LIBROS DE ACTAS Y CONTABLES
(SISTEMA MANUAL) Deberá venir debidamente habilitados por la SAT Los libros de compras y ventas no lo autoriza la INGECOP, por lo que deberán presentar únicamente fotocopia de la resolución de la habilitación por la SAT para su control y registro o Copia del sticker.
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